Jul 31, 2026

Actualización obligatoria del Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) publicó una nueva resolución que establece la actualización obligatoria de los datos registrados en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA).

La medida alcanza a todos los productores agropecuarios cuyo RENSPA registre más de un año desde su inscripción o desde la última actualización de datos.

Principales aspectos de la resolución

• Actualización obligatoria (Artículo 1):
Todos los productores que se encuentren en esta situación deberán actualizar la información de su RENSPA dentro de los 90 días corridos contados desde la entrada en vigencia de la resolución.
• Modalidades para realizar el trámite (Artículo 2):
La actualización podrá efectuarse:

● De manera digital, a través del sistema RENSPA con Clave Fiscal (ARCA).
● De forma presencial, en las oficinas del SENASA.

• Consecuencias del incumplimiento (Artículo 3):
Los productores que no regularicen su situación dentro del plazo establecido serán dados de baja del registro. La baja del RENSPA impedirá al titular realizar actividades agropecuarias que requieran, de manera directa o indirecta, la intervención, autorización o certificación del SENASA.
• Reactivación del registro (Artículo 4):
Los productores que hayan sido dados de baja podrán solicitar la reactivación de su RENSPA, conforme a los procedimientos establecidos por el organismo.
• Entrada en vigencia (Artículo 9):
La resolución comenzó a regir a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

Desde CONINAGRO recomendamos a todos los productores verificar el estado de su RENSPA y, en caso de corresponder, realizar la actualización de sus datos a la mayor brevedad.
Mantener el registro actualizado permitirá evitar restricciones operativas, demoras en trámites y la eventual baja del registro, situación que puede impedir la realización de diversas gestiones y operaciones vinculadas con la actividad agropecuaria.
Para consultar la resolución completa, puede acceder al Boletín Oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/345081/20260729

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